En México, las donaciones representan un mecanismo clave de apoyo social, especialmente en tiempos de crisis o para causas humanitarias. Sin embargo, cuando los montos alcanzan ciertos umbrales, también pueden convertirse en una vía potencial para actividades ilícitas. Por ello, las autoridades han establecido obligaciones específicas para las donatarias, dentro del marco de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
Las donaciones pueden ser utilizadas, intencionalmente o no, como vehículos para el lavado de dinero. Esto se debe a que, a menudo, implican transferencias de fondos de origen poco claro o sin una contraprestación evidente. Para evitar que organizaciones sin fines de lucro sean utilizadas como fachada, la LFPIORPI identifica este tipo de operaciones como actividades vulnerables.
No todas las donaciones están sujetas a reporte, pero sí aquellas que rebasen ciertos montos. Según el marco legal, si una persona moral o fideicomiso recibe donativos iguales o mayores a $103,000 pesos mexicanos (actualizable conforme al valor de la UMA), debe cumplir con una serie de obligaciones ante la autoridad competente.
Estas obligaciones aplican por cada operación que iguale o supere dicho umbral, o bien cuando haya múltiples donaciones en un mes que, en conjunto, excedan esa cantidad.
Principalmente, las asociaciones civiles, fundaciones y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles, pero también aplica a cualquier persona moral que realice actividades vulnerables contempladas en el artículo 17 de la LFPIORPI.
No cumplir con estas obligaciones puede derivar en sanciones económicas, restricciones legales e incluso responsabilidad penal en ciertos casos.
Una vez alcanzado el umbral legal, las entidades deben:
Darse de alta en el padrón de actividades vulnerables ante el portal del SAT.
Identificar plenamente al donante, incluyendo nombre, domicilio, actividad económica y copia de identificación oficial.
Conservar la documentación relacionada por un mínimo de cinco años.
Presentar avisos mensuales sobre las operaciones que cumplan con los criterios establecidos por la ley.
Estas obligaciones no son opcionales y su cumplimiento debe ser documentado adecuadamente para responder ante auditorías o requerimientos de información.
La omisión de reportes o el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la LFPIORPI puede generar:
Multas económicas desde los 200 hasta los 2,000 salarios mínimos.
Suspensión de actividades.
Riesgos reputacionales significativos que pueden afectar la confianza de los donantes y la viabilidad operativa de la organización.
Capacitación continua: Es importante que el personal encargado esté familiarizado con las disposiciones de la LFPIORPI y se mantenga actualizado.
Políticas internas claras: Contar con manuales de cumplimiento y procedimientos bien definidos.
Uso de tecnología: Automatizar procesos de identificación, recolección de documentación y envío de reportes puede reducir errores y mejorar tiempos de respuesta.
Conclusión
Las donaciones cumplen un papel vital en nuestra sociedad, pero también deben manejarse con responsabilidad y transparencia. Cumplir con la Ley Antilavado no solo protege a las organizaciones receptoras, sino que fortalece su reputación y contribuye a la integridad del sistema financiero mexicano.