Prevención de Lavado de Dinero (PLD)

Reformas a la Ley LFPIORPI 2025: Cambios clave para empresas con Actividades Vulnerables

Conoce las reformas a la LFPIORPI aprobadas en 2025 y cómo impactan a empresas con Actividades Vulnerables. Descubre los nuevos umbrales y obligaciones.


Las recientes reformas a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) marcan un antes y un después para las empresas que realizan Actividades Vulnerables en México. Estas modificaciones, aprobadas en comisiones del Senado en abril de 2025, buscan armonizar la normativa nacional con los estándares internacionales del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional) y fortalecer la prevención del lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.

A continuación, te explicamos los cambios más importantes y cómo afectan a cada industria.

Cambios generales aplicables a todas las industrias con Actividades Vulnerables

  • Inclusión del financiamiento al terrorismo como objetivo de la ley.
  • Reforzamiento del concepto de beneficiario final y controlador efectivo.
  • Obligación de contar con sistemas automatizados para el monitoreo de riesgos y operaciones.
  • Implementación de evaluaciones de riesgo basadas en el Enfoque Basado en Riesgo (EBR).
  • Avisos electrónicos obligatorios, incluso para operaciones intentadas.
  • Protección de identidad para los encargados de cumplimiento.
  • Programas de capacitación y auditorías internas o externas en entidades de alto riesgo.
  • Actualización de umbrales monetarios utilizando UMA en lugar del salario mínimo.

Cambios específicos de Actividades Vulnerables por sector o industria

Inmuebles y Arrendamiento

  • Reportes obligatorios por operaciones que superen los umbrales establecidos en UMA.
  • Verificación del beneficiario final.
  • Mayor supervisión sobre operaciones en efectivo.

Mutuo, préstamo o crédito

  • Identificación clara de la fuente de recursos.
  • Registro obligatorio de beneficiarios finales.
  • Prevención de simulaciones en operaciones financieras.

Servicios profesionales y despachos legales

  • Aplicación de DDC en operaciones de administración de activos, sociedades o inmuebles.
  • Requieren capacitación continua y auditorías.

Desarrollo inmobiliario

  • Inclusión formal como Actividad Vulnerable.
  • Obligación de reportar operaciones con recursos para construcción, venta o renta.
  • Umbrales en UMA y monitoreo automatizado.

Donativos

  • Identificación del donante y del beneficiario final.
  • Avisos obligatorios por arriba del umbral establecido.
  • Prevención de uso de donativos para canalizar fondos ilícitos.

Automotoras

  • Reporte obligatorio por transacciones que excedan el umbral.
  • Especial atención a pagos en efectivo.
  • Identificación del beneficiario final y procedencia del dinero.

Fe pública (notarios, corredores, servidores públicos)

  • Reforzamiento de verificación de identidad y beneficiario final.
  • Coordinación con órganos disciplinarios.

Metales, joyas y piedras preciosas

  • Reportes obligatorios con nuevos umbrales en UMA.
  • Aplicación incluso para operaciones no concretadas.

Comercio exterior

  • Mayor vigilancia sobre operaciones transfronterizas y transferencias sospechosas.

Tarjetas de prepago, vales, monederos, crédito, recompensa y devolución

  • Supervisión similar a instituciones de pago.
  • Sistemas automatizados de monitoreo e identificación de titulares.

Obras de arte

  • Reporte obligatorio de operaciones por montos específicos.
  • Mayor vigilancia por uso de obras como vehículo de lavado.

Juegos, sorteos y apuestas

  • Identificación de participantes y ganadores.
  • Avisos de operaciones sospechosas.

Traslado, custodia de valores y servicios de blindaje

  • Registro de rutas, personas involucradas y empresas contratantes.
  • Supervisión estricta de umbrales y trazabilidad.

Activos virtuales (criptomonedas)

  • Regulación para VASPs (proveedores de servicios de activos virtuales).
  • Identificación del cliente, beneficiario final y aviso de operaciones sospechosas.

Cheques de viajero

  • Controles reforzados similares al efectivo.

A continuación te presento una tabla que detalla los umbrales de identificación y aviso en UMAs para cada sector clasificado como Actividad Vulnerable según la LFPIORPI. 

Umbrales de Identificación y Aviso por Actividad Vulnerable (2025)

Actividad

Umbral de  identificación

Umbral de Aviso

Compraventa de bienes inmuebles

Siempre

Siempre

Arrendamiento de inmuebles

1,605 UMA

3,210 UMA

Préstamos o créditos, con o sin garantía

Siempre

1,605 UMA

Servicios profesionales independientes

Siempre

Cuando se realice alguna operación financiera en nombre y representación de un cliente

Desarrollo inmobiliario

Siempre

8,025 UMA

Recepción de donativos por parte de organizaciones sin fines de lucro

1,605 UMA

3,210 UMA

Comercialización de vehículos (terrestres, marítimos, aéreos)

3,210 UMA

6,420 UMA

Fe pública (notarios y corredores públicos)

Siempre

Varía según la actividad específica

Comercialización de metales y piedras preciosas, joyas y relojes

805 UMA

1,605 UMA

Comercio exterior de vehículos, máquinas de juego, tarjetas de pago, joyas, obras de arte

Siempre o según el bien

Varía según el bien

Tarjetas de prepago, vales, cupones, monederos electrónicos

645 UMA

645 UMA

Subasta y comercialización de obras de arte

2,410 UMA

4,815 UMA

Juegos con apuestas, concursos y sorteos

325 UMA

645 UMA

Tarjetas de crédito o de servicios

Traslado y custodia de dinero o valores

805 UMA


Siempre

1,285 UMA


3,210 UMA

Servicios de blindaje (vehículos y bienes inmuebles)



2,410 UMA

4,815 UMA

Operaciones con activos virtuales

Siempre

645 UMA

Cheques de viajero

Siempre

645 UMA


Nota: El valor de la UMA para 2025 es de $113.14 MXN.

Para actividades como servicios profesionales independientes y fe pública, los umbrales de aviso varían según la naturaleza específica de la operación realizada.

Recomendaciones para el cumplimiento normativo en 2025 para Actividades Vulnerables

  • Verifica si tu organización realiza Actividades Vulnerables bajo el nuevo marco legal.

  • Actualiza tu política de cumplimiento e incluye: beneficiario final, clientes PEP y relación de negocios.

  • Implementa un sistema automatizado PLD para el monitoreo continuo.

  • Capacita a tu equipo en los cambios normativos.

  • Agenda auditorías periódicas y lleva registros digitales actualizados.


    Conclusión

Las reformas a la LFPIORPI en 2025 refuerzan la vigilancia, trazabilidad y transparencia de las operaciones financieras en México. Las empresas deben adaptarse con urgencia a estos nuevos requisitos, especialmente aquellas clasificadas como Actividades Vulnerables. Automatizar el cumplimiento normativo no solo es una ventaja competitiva, sino una obligación legal que ayuda a prevenir riesgos financieros y sanciones.

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